Flexibilizan disposiciones sanitarias para el movimiento de hacienda
Desde hoy se pueden movilizar terneros con una sola dosis de vacunas. También eliminaron la fecha límite del DOES para establecimientos de 300 vacas.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dejó sin efecto la fecha límite del 28 de febrero para el cumplimiento de la Determinación Obligatoria de Estatus Sanitario (DOES) Muestreo, por parte de los establecimientos de menos de 300 vacas.
Así lo establece la Disposición 57/22 emitida por el Senasa –publicada ayer en el Boletín Oficial–, en el marco de las recientes medidas que implementa para agilizar y acompañar las disposiciones en las provincias en emergencia agropecuaria procurando, al mismo tiempo, sostener la sanidad, el bienestar de los animales y la inocuidad de los alimentos.
"El nuevo plazo para el cumplimiento de la determinación diagnóstica será establecido oportunamente, previa consideración de su tratamiento en el ámbito de las Comisiones Provinciales de Sanidad Animal (Coprosa)", informaron ayer desde el organismo.
Ante la situación de emergencia agropecuaria producida por los incendios y sequías, el Senasa adoptó una serie de medidas excepcionales para las zonas afectadas , entre las que se cuentan a las provincias de Chaco, Formosa, Corrientes, Misiones, Entre Ríos y Santa Fe.
La nueva norma –publicada en el Boletín Oficial con la firma de la presidenta del Senasa, Diana Guillén– readecúa las condiciones sanitarias requeridas para el movimiento de animales, la certificación, habilitación y recertificación en las zonas afectadas.
"En virtud de estar en un periodo intervacunal se aceptará la excepción para el egreso de terneras y terneros con una sola dosis de vacunación contra la fiebre aftosa. Las demás categorías bovinas no tienen limitante para el movimiento al haber cumplido con la segunda campaña de inoculación de 2021. Además, en un periodo no mayor a 90 días serán vacunadas", indicaron.
Respecto del movimiento de salida de ganado desde zonas con garrapata hacia zonas limpias, se exceptúa la inspección previa al movimiento y se habilita la salida con un tratamiento precaucional en origen, autorización de ingreso en destino con aislamiento y liberación de la tropa previa inspección oficial.
También se permite el movimiento a cualquier destino dentro del área endémica de animales afectados a un brote de rabia paresiante y, en caso de no haberse hecho la vacunación, deberá realizarse en el establecimiento de destino.
Además, la norma del Senasa prorroga el vencimiento de las certificaciones de establecimientos libres de brucelosis y tuberculosis.
El organismo contempla también una prórroga de 12 a 18 meses para la vigencia de la habilitación de los transportes de ganado en pie radicados en las provincias en emergencia, así como se prorroga hasta el 8 de abril próximo la rehabilitación de las instalaciones de predios feriales, por lo que no habrá restricciones para realizar eventos de concentración de hacienda.


