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Congreso

El Senado ya tiene el proyecto de reforma jubilatoria, que Milei prometió vetar

El texto fue aprobado con dos tercios de los presentes en Diputados y obtendría también una mayoría holgada en la Cámara Alta pese al rechazo presidencial. 

La Cámara de Diputados de la Nación giró al Senado el proyecto con media sanción sobre una nueva fórmula de movilidad jubilatoria, consensuado entre la oposición dialoguista y Unión por la Patria, y aprobado la semana pasada en el recinto por dos tercios de los presentes con 160 votos positivos, 72 negativos y 8 abstenciones.

Aunque en la Cámara Alta también se prevé que tendrá un holgado número a favor, y pese a lo que indica el artículo 83 de la Constitución nacional respecto de las mayorías que pueden insistir con una ley si el Gobierno nacional la observa, el presidente Javier Milei anticipó que vetará la norma en caso que el Congreso la sancione, consignó parlamentario.com.

La iniciativa establece que los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo al índice de inflación y que "en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario".

Además, estipula un aumento adicional en marzo de cada año del 50 % de la variación salarial (Ripte) por sobre la variación del IPC. También una recomposición en los haberes del 8,1% para alcanzar a la inflación de enero, la más alta del año, que fue del 20,6%. A través del DNU 274/24, el Gobierno había previsto en abril un incremento de 12,5%. En el caso de quienes perciban un solo beneficio, la Anses deberá garantizar el pago de un suplemento dinerario que tendrá carácter alimentario al efecto de que estos ingresos totales no resulten inferiores al último valor disponible de la canasta básica total, multiplicado por 1,09, indica uno de los artículos.

Deudas con las Provincias

Por otro lado, se instruye a la Anses a cancelar, con los recursos tributarios estipulados por ley con asignación específica a la seguridad social, la totalidad de las deudas que mantiene con las Provincias, entre ellas Corrientes, cuyos sistemas previsionales no fueron transferidos al Estado nacional, como así también con los beneficiarios del SIPA que cuenten con sentencia firme, en un plazo de 6 meses a partir de la promulgación de la ley, que podrán ser prorrogados por 6 meses más.