El Gobierno nacional reglamentó la boleta única de papel
La iniciativa había sido aprobada por el Congreso y promulgada por el Poder Ejecutivo. Se implementará por primera vez en las elecciones legislativas del año que viene.

El Gobierno nacional reglamentó, a través del Boletín Oficial, la Ley N.° 27781 que establece el uso de la boleta única de papel (BUP) como sistema de votación para todos los procesos electorales a nivel nacional. Los cambios en el Código Electoral Nacional comenzarán a regir en las elecciones de 2025.
La iniciativa aprobada por el Congreso modifica diversos artículos de la Ley N.° 19945, contemplando aspectos clave como el registro y oficialización de candidatos, el diseño y contenido de la boleta única y las reglas para su implementación y uso en elecciones primarias, generales y del Parlamento del Mercosur.
"Apruébase la Reglamentación de los artículos 62 bis y 62 ter del Capítulo IV del Título III del Código Electoral Nacional - Ley N.° 19.945 y sus modificatorias y de los artículos 38 y 38 bis del Capítulo V del Título II de la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral N.° 26.571 y sus modificatorias", informó el Gobierno.
A diferencia del sistema tradicional, la boleta única de papel incluirá a todos los candidatos y partidos en un mismo documento.
Al ingresar al cuarto oscuro, los votantes podrán elegir entre dos opciones: Marcar una opción para votar la lista completa y seleccionar candidatos de manera personalizada, marcando casilleros individuales para cada categoría.
Con este mecanismo, se busca solucionar dos problemas comunes: el robo u ocultamiento de boletas y el abuso de los "sellos de goma", es decir, partidos sin representación que solo buscan acceder a fondos.


